La maternidad subrogada o vientre de alquiler, hasta ahora sólo había originado opiniones de expertos a favor y en contra de las modalidades sobre las que se podría legislar: una, con fines altruistas, y dos, mediando una contraprestación económica.

 

En nuestro país la gestación subrogada es alegal. La Ley sobre Técnicas de Reproducción Asistida de 2006 establece que el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin contraprestación económica, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o tercero, es nulo de pleno derecho.

 

La Comisión Central de Deontología (CCD) de la Organización Médica Colegial (OMC) ha elaborado un borrador de informe, que ha propuesto a los 52 colegios, en el que sostiene que la maternidad subrogada con fines altruistas no es contraria a la ética ni a la deontología médica. En cambio, rechaza el vientre de alquiler lucrativo, comercial o mercenario.

 

Las razones esgrimidas a favor del fin altruista, entre otras, apuntan a que se trata de un acto de generosidad influido por el amor y sin recompensa económica alguna y que consigue el deseo generacional en parejas infértiles.

 

La propuesta recoge que, a pesar de ello, la opción altruista tendría que ser la última alternativa viable para la pareja, después del fracaso constatado de las técnicas de reproducción asistida.

 

El documento propuesto, no ha estado exento de fuertes discusiones internas. Los motivos por los que la maternidad subrogada lucrativa o mercenaria se rechazan se basan en que atenta contra la dignidad de la mujer tanto de la madre subrogada como de la contratante. Además, se mercantiliza un acto tan importante como la maternidad.

 

El vientre de alquiler comercial es contrario a la deontología médica y a la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, porque el consentimiento que presta la madre subrogada mercenaria estaría mediatizado por la prestación económica y, por tanto, no se podría considerar un consentimiento libre. De ahí que proponga que en una posible ley sobre maternidad subrogada tendría que tener un precepto similar al artículo 3.1 de la Ley sobre Técnicas de Reproducción Asistida, en el sentido de recoger un consentimiento de aceptación.

 

El borrador de propuesta, deberá ser votado y, en su caso, aprobado en la próxima reunión de la Asamblea de presidentes de colegios de España, que se celebrará a finales de enero. El debate colegial no será sencillo, por lo que la expectación será máxima.

 

Fuente. Diario Médico. Edición del 16 al 22 de Enero de 2017.